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17 de junio 2025 - 7:42hs

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió la sentencia que ratificó la condena contra los directores y personal superior del Banco de Montevideo. De esta manera, se dio por concluido el proceso judicial iniciado en 2004 por el Banco Central del Uruguay (BCU), con el objetivo de resarcir a los ahorristas afectados por la quiebra de la entidad.

La sentencia confirma la cuantificación de los daños causados por los responsables, entre los que destacan los hermanos Peirano, principales figuras en la administración del banco. Juan y Jorge Peirano deberán pagar U$S 195.495.664, mientras que Dante Peirano fue condenado a abonar U$S 199.369.678,78.

Otras entidades y personas involucradas en el proceso judicial, también fueron objeto de condena, con montos significativos establecidos por la SCJ. Entre ellos, se encuentran: Rospide con U$S 10.000.000, Daniko SA con U$S 318.186, Baystand International con U$S 4.351.319, Banco Velox con U$S 2.665.970,52 y VIC con U$S 39.227.000.

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Además de las cuantiosas sumas mencionadas, la sentencia incluye la obligación de pagar los intereses acumulados desde la interposición de la demanda en 2004.

Según la SCJ los hermanos Peirano no cumplieron con su deber de actuar como "buenos hombres de negocios". En particular, la Justicia destacó las transferencias realizadas por los Peirano al Trade & Commerce Bank (TCB), que fueron consideradas perjudiciales para los ahorristas del Banco de Montevideo.

"Las transferencias efectuadas hacia TCB por los hermanos Peirano son imputables a ellos y comprometen su responsabilidad personal", manifiestan.

El juicio comenzó en 2004 bajo el amparo del artículo 23 de la Ley 17.613, que permite al Banco Central del Uruguay presentar demandas en nombre de los ahorristas.

La acción legal buscó resarcir a los depositantes afectados por la quiebra del Banco de Montevideo, que en su momento generó una crisis en el sector.

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